Un ilícito tributario es una falta al cumplimiento de la normativa tributaria, establecida en Venezuela a través del Código Orgánico Tributario (COT) que tiene como garante al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
El COT, establece que en el caso de acción u omisión violatoria de la norma tributaria se aplicarán sanciones conforme a la siguiente clasificación:
Formales: inscripción ante la administración tributaria, documentación de comprobantes, registros contables, declaraciones, interferir con el control de la Administración Tributario, presentación ante la Administración Tributaria, cumplimiento de las normas de la Administración Tributaria, permisos de la Administración Tributaria.
Materiales: retrasos u omisión de pago de tributos, porciones o anticipos, incumplimiento de la obligación de retener, devoluciones indebidas, comercializar especies gravadas destinadas a la exportación o importadas, comercializar especies gravadas a establecimientos no autorizados para su expendio.
Penales: defraudación tributaria, falta de enteramiento de los agentes de retención, insolvencia fraudulenta, divulgación y uso de información confidencial.
Y se podrán aplicar las siguientes sanciones establecidas en el artículo 90 del COT:
Prisión.
Multa.
Comiso y destrucción de los efectos materiales objeto del ilícito o utilizados para cometerlo.
Clausura temporal del establecimiento o áreas del mismo.
Inhabilitación para el ejercicio de oficios y profesiones.
Suspensión o revocación de la autorización de industria o expendios.
Entonces, siendo persona natural o dueño de empresa necesario cuidarte de incurrir en alguna falta que sea clasificada como ilícito fiscal.
Recuerda solicitar y resguardar todas tus facturas de compra y venta, de ellas depende,
llevar el correcto registro contable de tus operaciones en cada uno de los libros establecidos.
Mensualmente realiza todas tus declaraciones de impuestos (IVA mensual, retención de ISLR mensual, en el caso de contribuyentes especiales: retención de IVA e IGTF quincenal).
Realiza tus pagos antes de la fecha de la planilla de declaración.
Mantén toda tu documentación disponible en caso de solicitud de la Administración Tributaria.
Siempre es recomendable tengas un experto de confianza para que te asesore cualquier duda, pero si igual deseas saber más te dejamos el COT para tu análisis.
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